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La figura del Youtuber

 

El crecimiento digital que llevamos experimentando desde hace años ha cambiado la manera de consumir entretenimiento tal y como se conocía. ¿Cuántos de nosotros nos entretenemos con videos de Youtube? ¿Quién no ha consultado un tutorial?. Quizá algunos motivos que nos llevan a ello sean la sencillez, la variedad de contenido y que siempre tenemos un dispositivo encima con el que podemos acceder.


En todo el mundo hay unos 4.500 millones de internautas. Nada más y nada menos, 2.000 millones de personas son usuarios activos de Youtube. En España, los recientes datos reflejados el pasado 2020 muestran que la red social más utilizada es Youtube, por delante de otras como son Whatsapp o Facebook. 




Fotografía:  Thomas Reuters

La figura del youtuber es como la de un trabajador cualquiera, son profesionales de la comunicación y del entretenimiento que aportan contenido a una plataforma para luego ser distribuido  al usuario. La cantidad económica que pueden percibir varía en función de las reproducciones, patrocinadores, o anuncios publicitarios con marcas.

Ahora bien... ¿Cómo cotiza un youtuber?
En primer lugar es necesaria el alta del Impuesto de Actividades Económicas en Hacienda, posteriormente se exigirá estar dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), o bien, la constitución de una sociedad.

¿Qué diferencias hay?

Si el youtuber opta por el alta dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos deberá abonar mensualmente la cantidad estipulada. Además, obedecerá al pago del Impuesto sobre el Valor Añadido de manera trimestral, a través del modelo 303 y el modelo anual 390. Por otro lado, también responderá al abono del Impuesto de la Renta sobre las Personas Física (IRPF) con el modelo 130 y la correspondiente declaración anual con el modelo 100.

Por otro lado, existe la posibilidad de constituir una Sociedad, generalmente si los ingresos recabados son muy altos, debido a que cuantos más ingresos, más impuestos se abonarán.En este caso, los gastos y obligaciones que tiene una sociedad pueden ser los sueldos de los administradores, el pago del IVA trimestral y el abono del Impuesto de Sociedades.


En resumidas cuentas, el alta en un régimen u otro dependerá de cada caso, cómo por ejemplo, la cantidad que ingrese el youtuber de manera periódica. Si el rendimiento ronda entre los 35.000 y 40.000 euros suele ser más beneficioso en materia fiscal optar por constituir una sociedad.

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